# OB-ENF-002 — Personal dedicado y reuniones entre ASPSP y TPP

> La autoridad competente cuenta con personal dedicado, reúne por iniciativa propia a ASPSP y TPP y hace todo lo posible para que los problemas de acceso a las interfaces se resuelvan con rapidez y de forma duradera.

- Artículo: PSR 48(6) (Véase también PSR 48(4), PSR 48(6a))
- Quién está obligado: Autoridad nacional
- Para quién: Cumplimiento
- Aplicación: 21 meses después de la entrada en vigor, fecha general de aplicación (artículo 112).
- Nivel 2: Ningún mandato de la EBA cubre esta obligación.
- Origen: Nuevo, sin equivalente en la DSP2 ni en las RTS de 2018.

Numeración provisional del compromiso de abril de 2026 (Consejo, doc. 8221/26). La numeración definitiva se añadirá cuando el Diario Oficial publique el texto, sin cambiar el identificador.

## STET 1.6.3: Fuera de la spec

La obligación recae en la autoridad, no en la interfaz.


## Fuentes

- [Consejo, doc. 8221/26, página 272](https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-8221-2026-INIT/en/pdf#page=272)

Verificado el 2026-10-04. https://openfinanceguide.com/es/dsp3/obligations/ob-enf-002
