# OB-ENF-003 — Datos de acceso de los TPP remitidos a la autoridad

> Los ASPSP remiten a la autoridad datos sobre el acceso de los AISP y los PISP a las cuentas, la autoridad puede pedir sus datos a los TPP y la EBA coordina este seguimiento e informa a la Comisión cada dos años.

- Artículo: PSR 48(7)
- Quién está obligado: ASPSP, AISP, PISP, Autoridad nacional, EBA
- Para quién: Cumplimiento, Operaciones
- Aplicación: 21 meses después de la entrada en vigor, fecha general de aplicación (artículo 112).
- Nivel 2: RTS del artículo PSR 48(8), proyecto previsto para T + 18 meses.
- Origen: Nuevo, sin equivalente en la DSP2 ni en las RTS de 2018.

Numeración provisional del compromiso de abril de 2026 (Consejo, doc. 8221/26). La numeración definitiva se añadirá cuando el Diario Oficial publique el texto, sin cambiar el identificador.

## STET 1.6.3: Fuera de la spec

El contenido, el método y la periodicidad de estos datos los fijarán las RTS del artículo 48(8).


## Fuentes

- [Consejo, doc. 8221/26, página 273](https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-8221-2026-INIT/en/pdf#page=273)
- [Consejo, doc. 8221/26, página 274](https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-8221-2026-INIT/en/pdf#page=274)

Verificado el 2026-10-04. https://openfinanceguide.com/es/dsp3/obligations/ob-enf-003
