# OB-PIS-014 — El PISP puede negarse a iniciar

> El PISP debe poder negarse a iniciar una operación por razones objetivamente justificadas.

- Artículo: PSR 46(1)(fa)
- Quién está obligado: PISP
- Para quién: Cumplimiento, Producto
- Aplicación: 21 meses después de la entrada en vigor, fecha general de aplicación (artículo 112).
- Nivel 2: Ningún mandato de la EBA cubre esta obligación.
- Origen: Nuevo, sin equivalente en la DSP2 ni en las RTS de 2018.

Numeración provisional del compromiso de abril de 2026 (Consejo, doc. 8221/26). La numeración definitiva se añadirá cuando el Diario Oficial publique el texto, sin cambiar el identificador.

## STET 1.6.3: Fuera de la spec

La negativa se decide en el PISP, antes de cualquier llamada al banco.


## Fuentes

- [Consejo, doc. 8221/26, página 268](https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-8221-2026-INIT/en/pdf#page=268)

Verificado el 2026-10-04. https://openfinanceguide.com/es/dsp3/obligations/ob-pis-014
