Regulación

FIDA

Financial Data Access Regulation

Propuesta de reglamento europeo, presentada en junio de 2023, que extendería el intercambio de datos al ahorro, el crédito, la inversión y los seguros. Sigue en negociación, sin acuerdo político.

Actualizado el 4 de octubre de 2026

Definición

FIDA (Financial Data Access Regulation) es una propuesta de reglamento europeo sobre el acceso a los datos financieros. La Comisión la presentó el 28 de junio de 2023, junto con la DSP3 y el PSR, con la referencia COM(2023) 360.

Extendería la lógica del Open Banking más allá de las cuentas de pago: ahorro, crédito, inversión, seguros y pensiones. Es el texto en el que se piensa cuando se habla de Open Finance a escala europea.

En qué punto está el texto

FIDA no se ha adoptado ni se ha retirado. A diferencia de la DSP3 y el PSR, no tiene acuerdo político y no hay ninguna fecha anunciada.

La ficha de procedimiento del Parlamento (2023/0205(COD)) no se ha movido desde diciembre de 2024. En 2025 hubo dos trílogos políticos que no llegaron a ningún acuerdo. Para reactivar las conversaciones, la Comisión difundió el 6 de abril de 2026 un documento oficioso que propone un texto más acotado (Consejo, WK 5041/2026). La presidencia irlandesa del Consejo, en el segundo semestre de 2026, no menciona FIDA en su programa.

Ese documento oficioso cuenta los plazos en meses desde una entrada en vigor que todavía no existe. Los esquemas de intercambio y la autorización de los proveedores llegarían a los 18 meses. La obligación de compartir datos entraría en tres fases, a los 24, 36 y 48 meses. La primera fase cubriría los créditos al consumo, las cuentas, el ahorro y el seguro de automóvil. Nada de esto está cerrado.

DSP2 vs FIDA: Open Banking vs Open Finance

  • La DSP2, y después el PSR, abren las cuentas de pago accesibles en línea.
  • La propuesta de FIDA abría todo lo demás: seguros, crédito al consumo e hipotecario, ahorro, carteras de valores, pensiones y criptoactivos. El documento de 2026 reduce ese ámbito.

Diferencias con la DSP2 y el PSR

  • FIDA es una propuesta de reglamento. Una vez adoptado, se aplicaría sin transposición, como el PSR.
  • El acceso no sería gratuito. En el PSR, el acceso regulado a los datos de las cuentas de pago sigue sin requerir contrato con el banco. En FIDA, cada esquema de intercambio tiene que fijar una compensación entre titulares y usuarios de datos.
  • Los titulares y los usuarios de datos se organizan en esquemas (financial data sharing schemes) que fijan las condiciones técnicas y económicas de cada sector.
  • FIDA prevé su propio panel de autorizaciones (artículo 8 de la propuesta). El PSR tiene el suyo (artículo 43 del compromiso de abril de 2026, numeración provisional). El compromiso del PSR no menciona FIDA, y la idea de un panel único común a los dos textos ya no figura en él.

Los roles

  • El titular de datos (data holder) es la entidad que tiene el dato: banco, aseguradora, corredor, gestora de activos.
  • El usuario de datos (data user) es el tercero que lo recibe. Tiene que estar autorizado como proveedor de servicios de información financiera (FISP, Financial Information Service Provider) o estar ya regulado en el sector financiero.
  • El cliente da su autorización para el intercambio y puede retirarla.

Un AISP registrado con la DSP2 tendría que obtener una autorización FIDA para acceder a los datos FIDA, y la Comisión ha propuesto un procedimiento simplificado que reutiliza el expediente que ya tiene.

Lo que FIDA no hace

  • FIDA no incluye la iniciación de operaciones en las cuentas que no son de pago. Solo cubre la lectura de datos.
  • FIDA no sustituye a la DSP2. Las cuentas de pago siguen en la DSP2 y después pasarán al PSR.
  • FIDA no se dirige a los titulares de datos no financieros. El intercambio de sus datos se rige por el Data Act.
  • FIDA no se ha adoptado. No corre ningún plazo mientras el texto no se publique en el Diario Oficial.

En el ecosistema PSD2

FIDA haría para el resto de las finanzas lo que la DSP2 hizo para las cuentas de pago, con una diferencia importante en la remuneración de los titulares de datos. El diagrama muestra el ámbito de la propuesta de 2023.

Ejemplos concretos

Estos ejemplos suponen un texto adoptado con un ámbito cercano al de la propuesta de 2023.

  • Una aplicación de seguimiento patrimonial que hoy pide importaciones manuales para un plan de ahorro en acciones o un seguro de vida podría leer esos datos por API, con la autorización del cliente.
  • Un comparador de seguros podría leer la póliza en vigor (coberturas, franquicias, siniestros) para comparar ofertas sobre una base real.
  • Un intermediario de crédito hipotecario podría obtener los ingresos, el ahorro y los saldos pendientes de un prestatario sin pedirle extractos.
  • Las aseguradoras y las gestoras de activos tendrían que construir API, como hicieron los bancos para la DSP2 entre 2018 y 2020. La compensación prevista por los esquemas cambiaría la ecuación económica respecto a la DSP2.

Fuentes

Profundizar

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